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El éxito de cualquier sistema de protección pública depende en buena medida de su permanente adaptación a los cambios que se producen en la sociedad. Pero las reformas deben emprenderse con criterio, teniendo muy claro qué queremos y hacia dónde vamos. En esta línea, nos interesaba, como profesionales, conocer exactamente hacia dónde van los tiros en dos aspectos muy concretos: jubilados y autónomos. D. Gerardo Camps nos abrió un huequito en su apretada agenda para analizar estos dos importantes temas, cuya reforma imprimirá un vuelco muy positivo al panorama laboral. No, en ningún caso. Precisamente el Gobierno ha desarrollado un nuevo sistema de jubilación gradual y flexible, que apuesta por la continuidad en la vida laboral de aquellos trabajadores que, a pesar de cumplir la edad de jubilación, desean permanecer en activo en el mercado de trabajo. Por tanto, apostamos por una nueva filosofía que elimina una antigua concepción de expulsión del mercado de trabajo de personas mayores, y lo que hacemos es animar a que los que así lo deseen de forma voluntaria, a que sigan en su lugar de trabajo, favoreciendo la participación activa de las personas de mayor edad. Este sistema presenta indudables ventajas para el conjunto de la sociedad que, de esta forma, puede aprovechar la experiencia y los conocimientos de los trabajadores de más edad, y garantizamos, por otra parte, la viabilidad futura de nuestro sistema de protección social.
Y por supuesto, el hecho de que cada vez más personas mayores sigan en activo no va en perjuicio de la contratación de jóvenes. Lo cierto es que estamos asistiendo a un fenómeno nuevo en nuestra sociedad como es el hecho de que padres e hijos trabajan juntos por el futuro. El Gobierno sigue incentivando la incorporación de los jóvenes al mercado de trabajo, y por tanto creando empleo de calidad, de jóvenes que disponen de una gran formación que garantiza más creación de riqueza productiva. El mercado de trabajo asimila esos nuevos empleos, y lo que hacemos es evitar que se destruya empleo de los trabajadores de más edad, con bonificaciones a los empresarios y enormes beneficios para el trabajador. Y la permanencia de distintas generaciones, de padres e hijos simultáneamente, como le decía, propicia que consolidemos la solidez de nuestro sistema de protección social. Y a esas personas que quieran seguir trabajando más allá de los 65, ¿las nuevas cotizaciones les van a servir de algo? Porque la pensión se les va a reducir en proporción, ¿no? Sin duda
creo que es muy ventajoso poder compatibilizar trabajo y pensión.
Las nuevas cotizaciones derivadas tanto de los que accedan a la jubilación
y deseen seguir trabajando, como de los jubilados que quieran reincorporarse
al trabajo, sirven para mejorar la pensión, que incluso puede
superar el cien por cien de la base reguladora en el caso de trabajadores,
tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, que permanezcan en
activo más allá de los 65 años y acrediten 35
años de cotización. En estos supuestos, el trabajador
mejora su pensión un dos por ciento adicional, por encima del
cien por cien, por cada año que se haya cotizado desde el cumplimiento
de los 65 años.
Con este sistema, el trabajador puede concertar un contrato a tiempo parcial reduciendo la jornada de trabajo y el salario entre un mínimo de un 25 por ciento y un máximo de un 85 por ciento. Por ejemplo, si la jornada laboral se reduce un 50 por ciento, el trabajador cobraría, el cincuenta por ciento del salario de su jornada de trabajo, y el cincuenta por ciento de la pensión que le correspondiera. Y otra ventaja, es que el jubilado parcial mantiene la condición de pensionista a efectos del reconocimiento y percepción de las prestaciones sanitarias y de servicios sociales. Pero también habrá que apoyar a las empresas incentivando este tipo de contrataciones. Y usted decía hace poco que "hemos de ser conscientes que si bien la demanda de mejor protección social puede resultar infinita, los medios o los recursos siempre son finitos.." Por supuesto. El Gobierno es consciente del esfuerzo que realizan los empresarios. Recuerdo aquí que la Ley de Jubilación Gradual y Flexible es fruto del Acuerdo de pensiones por el Gobierno, CC.OO. y las organizaciones empresariales CEOE-CEPYME, que establece el marco de bonificaciones y de exenciones en las cuotas de la Seguridad Social, dirigidas a facilitar la contratación o mantenimiento en la empresa de los trabajadores de más edad. Para fomentar la permanencia de los trabajadores de más edad, se establecen bonificaciones en la cuota empresarial de aquellos contratos indefinidos que se realicen con trabajadores de 60 o más años y con una antigüedad en la empresa de 5 o más años. Esta bonificación es del 50% y aumenta gradualmente en un 10% en cada ejercicio, hasta alcanzar un máximo del 100%. Afortunadamente hoy podemos asegurar que nuestro Sistema de Seguridad Social goza de muy buena salud. Que se crea empleo, estamos en cifras de record histórico de afiliaciones, seguimos revalorizando las pensiones por encima de lo que marca la Ley, y aún así nos mantenemos en superavit. Nuestro sistema de protección social está saneado financieramente y consolidada su viabilidad futura.
Sr. Camps, esto nos lleva directamente al tema de la microempresa, y más concretamente, al de los autónomos: casi el 20% del sistema de Seguridad Social, y estamos como estamos... Y estamos cada vez mejor, porque el Gobierno es consciente de que el colectivo de trabajadores autónomos es uno de los motores esenciales en la creación de riqueza y de empleo. Por ello hemos mostrado nuestro compromiso con el sector y seguimos desarrollando medidas encaminadas a equiparar el régimen de trabajadores autónomos con el Régimen general, mejorando su protección y adecuándola a la nueva realidad social. El Gobierno ha adoptado una serie de medidas en el conjunto del Sistema de la Seguridad Social de las que también se ven beneficiados los autónomos. Hemos establecido bonificaciones del 100% en las cuotas empresariales por los contratos de interinidad suscritos con desempleados para sustituir a trabajadores autónomos, en los supuestos de riesgo durante el embarazo, períodos de descanso por maternidad, adopción y acogimiento; se ha exonerado de cuotas a la Seguridad Social a los trabajadores por cuenta propia que, con 65 años o más y 35 años cotizados, continúen trabajando; y mejorado el cálculo de las pensiones de viudedad. También hemos incrementado por encima del IPC las pensiones mínimas de jubilación y viudedad de menores de 65 años, aumentado en un año la edad máxima para percibir la pensión de orfandad, así como posibilitar el mantenimiento, en determinados casos, de la pensión de viudedad después de contraer nuevo matrimonio, en función de las circunstancias personales y económicas de los beneficiarios. Pero después de seis años de gobierno del PP, aún no se ha desarrollado un marco de actividad para los autónomos y las microempresas, que son, a fin de cuentas, el principal entorno laboral de nuestro país, y una gran fuente de creación de empleo...
En realidad, si hace usted un ejercicio de memoria, desde que gobierna el PP el proceso de reforma y mejora para el colectivo de autónomos ha sido constante. Y hemos llevado a cabo este proceso con una clara voluntad de consenso y concertación con las asociaciones de autónomos para corregir las disfunciones que se han venido produciendo. Podemos recordar algunas de esas mejoras: hemos unificado el sistema de cálculo de las pensiones de jubilación e incapacidad permanente, y suprimido tanto el requisito de que el beneficiario tenga 45 años de edad para percibir la pensión de incapacidad permanente total, como la exigencia de un período previo de cotización para el acceso a las pensiones de incapacidad permanente derivadas de accidente. También se han reconocido en las mismas condiciones, requisitos y forma de cálculo que en el Régimen General, de las prestaciones por muerte y supervivencia (viudedad, orfandad y favor familiar), de la prestación por maternidad y riesgo durante el embarazo para las trabajadoras autónomas, y extendido el derecho a las prestaciones familiares por hijo a cargo, por nacimiento de tercer o sucesivos hijos y por parto múltiple. Por último, hemos igualado los porcentajes aplicables a la base reguladora para determinar la cuantía de la prestación por incapacidad temporal con los vigentes para los procesos derivados de contingencias comunes en el Régimen General, reconocido el abono de las dos pagas extraordinarias a los pensionistas y aproximado la cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos con la del Régimen General. Todas estas medidas, que son de gran calado en materia de protección social, están unidas por el nexo común de propiciar y alentar la actividad autónoma. En la subcomisión de Estatuto de la microempresa, del trabajador autónomo y del emprendedor, y basándonos el Acuerdo para la Mejora y el Desarrollo del Sistema de Protección Social relativo a la convergencia de Regímenes, dispusimos la conveniencia de introducir las medidas necesarias para incrementar la acción protectora del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Esas medidas prevén la inclusión de la prestación por incapacidad permanente total cualificada, cuando el trabajador autónomo tenga 55 ó más años y no ejerza una actividad, ni sea titular de un establecimiento mercantil o industrial. Esta medida, también se aplicará a los trabajadores por cuenta propia de los Regímenes Especiales Agrario y de Trabajadores del Mar. Asimismo, está previsto incluir la cobertura por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, con el establecimiento de las correspondientes cotizaciones. Sabemos que hay un nuevo paquete de medidas para la protección social de los autónomos. Pero en la práctica, ¿qué mejoras va a suponer? Las medidas que acabo de anunciarle dan respuesta a reivindicaciones históricas de los trabajadores autónomos, pero por supuesto seguimos avanzando en favorecer la cobertura social de este colectivo. El Gobierno se ha propuesto favorecer a los trabajadores autónomos, mejorando su protección y adecuándola a la evolución de sus necesidades y a la del entorno en que se desenvuelven. Por ello, ha habido una clara mejora de la protección dispensada, para fomentar la actividad autónoma y a través de ella, incrementar el empleo.
En la actualidad se encuentran en fase de estudio varias iniciativas como la reducción de los costes a la Seguridad Social de los autónomos durante los primeros años de actividad, de manera que sea posible impulsar y favorecer la viabilidad de sus proyectos empresariales en sus momentos iniciales, que suelen ser los más difíciles. También estudiamos la posibilidad de dar cobertura a la incapacidad temporal desde el cuarto día de baja médica, ampliando de manera voluntaria y mediante las oportunas cotizaciones, un mecanismo que actualmente sólo permite el cobro del subsidio a partir del decimoquinto día. Y, por último, también se encuentran en fase de estudio, tanto la valoración de la situación de los trabajadores que se encuentran incluidos en el Régimen General y que por razón de una segunda actividad cotizan también al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, como la situación actual de la afiliación en el Régimen General de la Seguridad Social de los familiares del trabajador autónomo hasta el segundo grado por consanguinidad, afinidad o adopción. En cada una de estas medidas se refleja la voluntad del Gobierno de mantener un permanente diálogo con los representantes de los trabajadores autónomos, traduciendo en realidades lo que han sido las reivindicaciones del colectivo, acabando con situaciones de marginación que van a situar a los trabajadores autónomos en las condiciones de protección social que merecen. |